Buenos días desde la Administración Pública.
Persiguiendo con mi actuación la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y y fundamentándola en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio.
Y vosotros, ¿qué tal?
Targy ⁂
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in reply to Targy ⁂ • • •Una curiosidad. En teoría para la TP hay una formalidad de acatar la constitución, el estatuto en su caso, y el resto del ordenamiento jurídico (art 62.1.c) ebep). En teoría esto se hace justo antes de tomar posesión (requisito d) del EBEP).
Entre tú y yo, a mi no me pidieron acatar nada. ¿A ti sí?
Targy ⁂
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