Por ninguna razón en particular, se me ocurre recordar las funciones de la justicia penal, tal y como se conciben en el mundo jurídico y en nuestra normativa. Póngase por delante que todo esto es discutible, pero para discutirlo hay que conocerlo primero.
Prevención general: la pena se da a conocer a la sociedad, y disuade a la población en general de cometer crímenes. Esto tiene dos vías: la negativa (intimidatoria), y la positiva (demostrando la eficacia de las normas e inculcando los valores jurídicos).
Prevención especial: actúa directamente sobre el delincuente, evitando la comisión de nuevos crímenes. Esto tiene dos vías, directamente por limitación (la privación de libertad impide la comisión de muchos ilícitos) e indirectamente por intimidación.
Rehabilitación y reeducación: se busca que la pena funcione no sólo limitando la capacidad criminal del reo, sino dándole la capacidad de participar en sociedad de forma productiva.
Mantenimiento del monopolio de la violencia del Estado: esta función, a veces ignorada, implica que sólo el Estado tiene el poder de ejercer violencia legítima. Se puede ver desde la perspectiva del contrato social, como un acuerdo por el que cada individuo cede su capacidad de ejercer la violencia a cambio de que el Estado se haga cargo de actuar contra el reo que nos ha causado un daño. También se puede ver como una necesidad social y organizativa, ya que la falta de un sistema eficaz y creíble de justicia redundaría en el uso de la fuerza por parte de los ciudadanos, y en largos ciclos de venganza.
Protección de la víctima: es otra faceta de la prevención especial, pero no desde el punto de vista de cualquier crimen que el reo pueda cometer, sino específicamente de la víctima contra la que ya ha actuado.
Nuestra constitución se pronuncia en su artículo 25 sobre la naturaleza y sentido de las penas, en particular en su apartado 2.
Artículo 25.2. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
Pues bien, la Constitución indica que, sin perjuicio de otros fines lícitos para la pena como los que he detallado más arriba, la orientación central de las penas es la rehabilitación y reeducación del reo. Al contrario que otras tradiciones jurídicas que consideran que el crimen priva al reo de derechos, nuestra normativa lo coloca en el centro, paradójicamente como principal beneficiario de la pena, detallando que conserva sus derechos e incluso su libre desarrollo de la personalidad.
Esto implica que nuestra Constitución no admite la cadena perpetua. Pero va más allá: el prolongamiento de las penas supone un fracaso, ya que no se obtiene el resultado deseado.
Sin ninguna razón en particular, me gustaría saber de que sirve una pena de 30 años, que no se pueda hacer en 25, desde el punto de vista de los fines legítimos de la pena que he comentado anteriormente.
Cada cual que reflexione.
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…and regarding the Internet Archive hack, in the past, we have seen no-kill animal shelters hacked, children’s cancer centers hacked, traditional libraries hacked, humanitarian aid organizations hacked, and so on. These people aren’t put off one bit by who their victims are. Just like a regular library remains as important after being hacked, so is IA. Help them dust off and get back to work.
And fuck the people who victimize organizations like that.
Requisitos: nacionalidad española, discapacidad del 33% o más, titulación universitaria (necesaria para el grupo A), y no estar trabajando ni tener prestaciones superiores a 15000 EUR.
Fecha límite: 24 de octubre.
Que bien me habría venido esto en su día.
Más información: becas.fundaciononce.es/Paginas…
#becas #oposiciones #discapacidad
Wordpress is still wordpress outside of the drama.
This is my favourite episode so far. Kirsten found a collection of bizarre husband and wife facts from the 1890's and 1950's to read to us, and I react to them.
Are any of them applicable these days, or are they all simply of their time?
Which ones will make you stop in stunned horror or silence and exclaim 'What the actual?'
Let us know.
#StroongeCast E05: Fascinated By Cheese youtube.com/watch?v=a7mf_r0Gze…
On the web: onj.me/media/stroongecast
@MoonCat
My fellow #hamradio peeps: please don't be the jerks who are berating unlicensed folks asking for help with severe weather events. In the US, part97 is pretty clear that if it's an emergency, all bets are off. Same with part47, part 95, etc.
Help others, and after they're safe, put out an offering to help them learn the hobby.
Tl;Dr : don't be jerks.
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Apple’s decision to put satellite connections in iPhones is already saving lives, and as Hurricane Milton threatens Florida, now is the time for every US iPhone user to learn how the system works.
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I appreciate the smaller indie developers, particularly in the Apple world, who specialise in a certain field and do it well, and take pride in being accessible. Rogue Amoeba is one. Their audio products are one of the best advertisements for Mac. Agile Tortoise is another, with the fabulous Drafts app. And another is Flexibits, who make the Fantastical Calendar app. This is a sound investment for management of the several calendars I keep. And they care a lot about #accessibility.
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modulux
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