El secuestro del servicio público de la justicia
Los incumplimientos de la Administración no justifican que los titulares de un poder del Estado suspendan unilateral e indefinidamente su funcionamiento por el ejercicio de un derecho de huelga no reconocido ni en la Constitución ni en la Ley.
A los jueces que hagan huelga no se les descuenta del sueldo porque dicha huelga es ilegal. Y en la medida que provoca un retardo de la administración de justicia, es delito.
Elias Mårtenson
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